AITOR ARENAZA
SERVICIOS
Especializado en control técnico y económico de las obras.
Mi experiencia en construcción se remonta al 1997, y he podido realizarme como profesional en varias empresas privadas. A través del continuo proceso de experiencia profesional y formación, actualmente me he especializado en el control técnico y económico de las obras.
ASISTENCIA TÉCNICA
- Asesoramiento técnico.
- Coordinación de gremios.
- Coordinación de seguridad en fase ejecución.
- Dirección de ejecución.
- Estudios de viabilidad.
- Cedulas de habitabilidad.
- Mediciones y presupuestos.
- Cálculo de estructuras.
EDIFICACIÓN Y REHABILITACIÓN
- Viviendas unifamiliares.
- Edificios
- Locales comerciales.
- Rehabilitación integral de edificios.
- Eliminación de barreras arquitectónicas.
PROYECTOS
- Redacción de proyectos básicos y proyectos de ejecución.
- Licencias de apertura.
- Proyectos de adecuación.
- Investigación de patologías de edificios y redacción de informes periciales.
- Informes de inspección técnica de edificios ITE.
AITOR ARENAZA
Sobre los procesos de trabajo:
El equipo técnico realizará la Dirección de la Ejecución Material de las Obras conforme a lo establecido en el artículo 13 de la LEY 38/99, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
El director de la ejecución de la obra es el agente que, formando parte de la dirección facultativa, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado.
El equipo técnico realizará la redacción del Estudio de Programación y la Dirección y seguimiento del Control de Calidad de las Obras, según las especificaciones del Decreto 107 / 91 de 10 de junio y Orden de 30 de septiembre de 1991 de la Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes.
Análisis y, en su caso, aprobación del Plan o Planes de Seguridad y Salud en el Trabajo, y de sus modificaciones, aportados por el contratista o contratistas directos de la obra, actividad que se acomodará a lo previsto en el artículo 7 del ya expresado R.D. 1627 / 97.
Como Coordinador de Seguridad y Salud, coordinar durante la ejecución de la obra, la aplicación de las tareas que determina el art. 9 del R.D. 1627 / 97, de 24 de octubre.